Se informa que mediante Decreto Ejecutivo Nº 260/2021, se establecen las siguientes medidas para el ingreso al territorio panameño de personas provenientes de Suramérica
- A partir de las 12:01 a.m. del 31 de marzo de 2021, toda persona proveniente, que haya permanecido o transitado por Suramérica, que ingrese al país por vía aérea, terrestre o marítima, utilizando medios comerciales o privados, deberá traer una Prueba PCR o antígeno negativo con un máximo de 48 horas antes de su llegada.
- A su llegada al país, toda persona proveniente, que haya permanecido o transitado por Suramérica, y que ingrese al país por vía aérea, terrestre o marítima, utilizando medios comerciales o privados, deberá realizarse a su costo, Prueba de PCR o antígeno, previo a su registro en migración.
- Si el resultado de la prueba de que trata el artículo 2 de este Decreto Ejecutivo, es negativo deberá cumplir con aislamiento en su domicilio por 5 días o en el Hotel Hospital para viajeros Covid-19, según lo considere la Autoridad Sanitaria. Al quinto día de aislamiento, se debe repetir la prueba de hisopado de antígeno y si el resultado es negativo finaliza la cuarentena.
- Si el resultado de la prueba sale positivo, deberá realizarse prueba de PCR-RT y prueba de tipificación Análisis por +ICGES, y cumplir con una cuarentena de 14 días en Hotel Hospital para viajeros Covid-19, según lo considere la Autoridad Sanitaria.
- Se ordena el uso obligatorio de mascarilla y el cumplimiento de todas las medidas de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud, a todas las personas que ingresen al país, ya sea que lo hagan por vía aérea, terrestre o marítima, utilizando medios comerciales o privados.
- Se faculta a la Autoridad Aeronáutica Civil, al Servicio Nacional de Migración, a la Autoridad Marítima de Panamá y a la Fuerza Pública para adoptar las medidas que fueren necesarias para el estricto cumplimiento de lo ordenado mediante el presente Decreto Ejecutivo.
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